Legal Sol eleva al Constitucional un recurso de amparo por impunidad policial
 08 Jul 2014 Adolfo Luján 
Madrid, 9 de julio de 2014. La Comisión Legal Sol, el colectivo nacido en la acampada del 15M en Madrid para asistir legalmente a activistas y manifestantes, interpuso ayer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para reclamar el derecho a la tutela judicial efectiva de dos personas –G. y M.– que fueron agredidas el 29 de septiembre de 2012 por agentes de las Unidades de Intervención Policial (UIP) durante una de las convocatorias ‘Rodea el Congreso’ lanzadas por la Coordinadora 25S.   Ambas jóvenes se encontraban en el interior de un bar sito en la calle Lope de Vega, a escasos metros del Parlamento, cuando cinco agentes entraron y sacaron a varias personas a la calle, agrediéndolas repetidamente mientras salían del establecimiento, tal como indica Legal Sol, “fue imposible reconocer a los agresores en ese mismo momento pues ninguno de los funcionarios de Policía llevaba visible identificación alguna, práctica habitual”. Con motivo de estos hechos ambas jóvenes tuvieron que ser atendidas en centros sanitarios: M. presentaba una incisión de seis centímetros en el cuero cabelludo, traumatismo craneoencefálico leve y policontusiones; y G lesiones similares, a lo que hay que sumar varios puntos de sutura en la cabeza.   Se trata de la primera vez que la Legal Sol recurre al Constitucional para reclamar el derecho a una tutela judicial efectiva y a la integridad física por parte de Jueces y Tribunales, y del tercer intento de llevar el caso ante la justicia, ya fue presentado previamente ante el Juzgado de Instrucción nº 10 de Madrid y la Audiencia Provincial, donde fue archivado. En la primera denuncia el Fiscal solicitó el archivo de las actuaciones y finalmente el Juez instructor del caso procedió al sobreseimiento y efectivo archivo. Más tarde, el auto fue recurrido en la Audiencia Provincial de Madrid, que archivó el caso bajo este argumentario: “Dichas diligencias habrían de resultar inútiles en orden a la identificación del agente o agentes que golpearon a G. (…) o a M. (…). Atendiendo al propio recurso, en el link que se facilita se observaría la agresión y el momento inmediatamente posterior, por tanto lo mismo que en la grabación que figura en las actuaciones, que revela la presencia de al menos tres vehículos, no sólo del 1U-70 mencionado en la denuncia, y de números de agentes en la vía pública. Si las propias agredidas no son capaces de facilitar el número de identificación del agente o agentes, ni ningún otro elemento susceptible de identificarle o identificarles, nada cabe esperar de las diligencias pedidas”.   Mediante un comunicado, Legal Sol afirma que no todos los españoles son iguales ante la ley tal como dicta el artículo 14 de la Constitución. Por un lado, denuncian “una vulneración a la tutela judicial efectiva” el hecho de que los dos juzgados ignorasen las peticiones de la Comisión. “En el proceso judicial que se incoó al respecto y que investigaba este hecho pudo identificarse a cuatro funcionarios gracias a las grabaciones de vecinos de la zona que muestran la identificación numérica del furgón que trasladaba a la unidad policial. En la declaración los identificados dijeron ser incapaces de reconocerse en el vídeo negando su participación en esos hechos”, indican en el texto publicado hoy. Ante esto, “las perjudicadas solicitaron entonces que se identificase al resto de funcionarios del vídeo a través de los números de las otras tres furgonetas que aparecen; que se oficiase a un canal de televisión que también grabó este hecho para certificar que se trataba de ese día, para que declarase el cámara que estuvo presente y que remitiesen más imágenes, de haberlas”. Además, “basándose en la jerarquía de la Policía que establece un responsable de cada unidad, se solicitó que se tomase declaración al responsable del operativo actuante quién, previamente, había reconocido en un informe que se había entrado en algunos bares a lo largo de esa jornada”. Todas estas peticiones fueron d

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